y la ampliación de la Tarifa plana a
mayores de 30
La normativa más esperada por el colectivo de autónomos y pequeños empresarios, la Ley de Emprendedores, ha superado con éxito, por fin, el último trámite parlamentario antes de ser publicada en el BOE, gestión que sucederá de forma casi inmediata. De ésta forma, y con casi dos años de retraso, la Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización ha visto la luz tras una intensa jornada en el Congreso en la que las formaciones de la oposición, a excepción de CIU, han reclamado que la ley “se ha quedado corta” respecto a las expectativas creadas en torno a ella y las medidas que debería haber incluido.
Una ley que completa la apuesta del Ejecutivo por pymes, autónomos y emprendedores como motor de crecimiento económico y de
creación de empleo, que comenzó el pasado mes de Febrero con la aprobación de un Real Decreto
de Medidas de Apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la
creación de empleo y que terminó de desarrollarse con la aprobación de la misma
Ley en el mes de Julio.
Ahora, la Ley de Emprendedores pretende regular de forma integral el ámbito del emprendimiento y la
pequeña empresa de nuestro país, con lo que parecía un ambicioso proyecto que
debía abarcar desde el impulso al emprendimiento y creación de empresas y
empleo, hasta su consolidación, desarrollo e internacionalización mediante
nuevos incentivos fiscales, mayores facilidades para la constitución de
empresas, la eliminación de trabas burocráticas y facilitando el acceso a la
financiación.
No obstante, parece que el texto definitivo, que ha incorporado las últimas
enmiendas debatidas la pasada semana en el Senado, ha dejado un sabor agridulce
en el sentir general del colectivo de autónomos y, en especial, en lo relativo
al acceso a la financiación, uno de los capítulos que peor acogida ha obtenido.
De hecho, uno de los mayores problemas a los que se enfrenta el colectivo
es el de la carestía de crédito. El Gobierno ha
renunciado a hacer un uso más ambicioso del ICO y de la Banca Nacionalizada
para restablecer el flujo del crédito, que se encuentra en sus tasas más bajas,
según datos del Banco de España.
¿Cuáles son las
medidas de la Ley de Emprendedores que supondrán un verdadero impulso para el
colectivo de autónomos?
La norma, que nace con vocación de regular 360º todo lo relativo a la
pequeña empresa y el autónomo, se estructura en cinco grandes ejes de actuación
y que ya analizamos en el mes de mayo cuando la Ley de Emprendedores no
terminaba de arrancar: medidas para apoyar la iniciativa emprendedora, medidas
fiscales y en materia de Seguridad Social para apoyar al emprendedor, medidas para
apoyar la financiación, medidas para apoyar el crecimiento empresarial y
medidas destinadas a la internacionalización.
No obstante, han sido diversos los cambios que el anteproyecto de ley ha
sufrido desde entonces y, a continuación, señalamos las medidas de mayor impacto y repercusión para el colectivo de autónomos y pequeñas empresas:
- Entre todas las nuevas medidas hay una que, sin duda, ha acaparado la
atención de los emprendedores: la tarifa plana de 50 euros para nuevos
autónomos sin límite de edad. Una iniciativa destinada a incentivar la puesta
en marcha de nuevas empresas, pero que ha suscitado el recelo de algunos,
tildando a la medida de “parche” que no soluciona los verdaderos problemas de
liquidez del colectivo.
De ésta forma, aquellos que se den de alta como autónomos por primera vez o
que no hubieran estado en situación de alta durante los últimos cinco años
podrán disfrutar de una bonificación del 80% en la cuota a la
Seguridad Social durante un periodo de 6 meses.
También se establecen reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad
Social para las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores
por cuenta propia.
Por otro lado, la cotización aplicable a los trabajadores incluidos en
el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos en los casos de pluriactividad con jornada laboral a tiempo completo o a tiempo
parcial superior al 50 por ciento podrán elegir una base de cotización
comprendida entre el 50 y el 85 por ciento de la base mínima vigente en ese
momento, dependiendo del caso.
- Otra de las medidas estrella con la que arranca la ley es la Aplicación del IVA con criterio de Caja, que ha visto ampliado su campo de
actuación tras la inclusión del IGIC (Impuesto canario). De ésta forma, los
emprendedores que de forma voluntaria decidan acogerse a éste régimen especial,
no deberán adelantar a Hacienda el IVA de las facturas
no cobradas hasta que reciban el importe de la misma o hasta el 31 de diciembre del
año inmediatamente posterior, aunque tampoco podrán deducírselo hasta que no
abonen sus facturas pendientes.
- Creación de Sociedad Limitada de
Formación Sucesiva: Una nueva fórmula societaria que permite la creación de una Sociedad
Limitada con un desembolso menor en el capital inicial, permitiendo
cumplimentar éste con la aportación de forma sucesiva del 20% de los
beneficios. Hasta este momento, el capital social que había que
desembolsar para la creación de una S.L. era de 3.000 euros, una aportación que
debía hacerse de forma íntegra desde el momento inicial.
- Creación de la figura del emprendedor de
Responsabilidad Limitada, una iniciativa gracias
a la cual el empresario no responderá con sus bienes sus deudas empresariales,
pero que ha sufrido recortes respecto a su formulación inicial y que queda
acotada a la vivienda habitual hasta 300.000 euros y no se aplicará ni a las
deudas con las administraciones públicas (fundamentalmente Hacienda y Seguridad
Social) ni con los bancos.
- En cuanto a los apoyos fiscales, los grupos del
hemiciclo han destacado la escasa cuantía de las mismas y el hecho de que se
otorguen a la empresa cuando obtiene beneficios, en vez de en el “momento
clave”, que es el de su creación.
Así, entre los incentivos fiscales aprobados por la norma destacan los
incentivos fiscales por inversión de beneficios, a las actividades de
investigación y desarrollo e innovación tecnológica, a las rentas
procedentes de determinados activos intangibles y a la creación de empleo
para trabajadores con discapacidad.
Ésta es sólo una pequeña aproximación a las novedades que entrarán en vigor
con la próxima publicación en el BOE de la Ley de
Emprendedores y que iremos desgranando y analizando en profundidad durante los próximos
días.