¿Qué es la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo?
¿Qué es la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo?
La política de
prevención de blanqueo de capitales es algo relativamente nuevo en el ordenamiento
jurídico. Surge a principios de los años 80 debido a la preocupación de que
organizaciones criminales penetrasen en el sistema financiero que, en aquellos
momentos, no contaba con instrumentos de control efectivos.
La Ley 10/2010, de 28
de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del
terrorismo (LPBC-FT) tiene como objetivo regular de forma unitaria tanto el
blanqueo de capitales como el bloqueo de operaciones destinadas a la
financiación del terrorismo.
En ésta línea, el
régimen sancionador se ha endurecido tanto para las infracciones graves como
para las muy graves, introduciendo además el concepto de infracción leve.
Además, se han elevado las sanciones en relación a los administradores y
directivos, pudiendo llegar a ser de hasta 600.000€, así como una
inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección por un plazo
de hasta 10 años.
Nos encontramos ante un
nuevo marco legal, mucho más exigente y que supone un mayor esfuerzo de los
sujetos obligados tanto en estructura como en recursos para la adecuada
implantación de la nueva ley en la empresa.
¿Quiénes son los sujetos obligados?
Sujetos Obligados
Principales sujetos
obligados, según la Ley de prevención de blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo:
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Régimen sancionador
El régimen
sancionador se aplica tanto a nivel del sujeto obligado (empresa) como a nivel
de las personas implicadas (Directivos y otros empleados)-Art.56/Ley 10/2010
Infracciones muy graves blanqueo de capitales
a) Multa a
cada uno de ellos por importe de entre 60.000 y 600.000 euros.
b) Separación
del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o
dirección en la misma entidad por un plazo máximo de cinco años.
c) Separación
del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o
dirección en cualquier entidad de las sujetas a esta Ley por
un plazo máximo de diez años.
La sanción prevista en la letra
a), que ha de ser obligatoria en todo caso, podrá aplicarse simultáneamente
con alguna de las previstas en las letras b) y c).
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Infracciones graves blanqueo de capitales
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Pasos a seguir para la implantación de
la ley en su empresa.
1-Manual Políticas Globales de Prevención
de Blanqueo de Capitales
La Ley
10/2010 establece como obligaciones principales para los Sujetos Obligados, la
redacción del Manual cuyo objetivo principal es dar cumplimiento legal a lo
establecido en el artículo 26.3 de la ley. Contar con un manual interno que
debe tener un contenido mínimo: Política de admisión de clientes, medidas de
identificación y seguimiento de clientes, protocolo de actuación para la
comunicación de operaciones sospechosas, medidas de conservación de documentos,
medidas de control interno, evaluación y gestión , medidas de garantía del
cumplimiento de las disposiciones pertinentes y comunicación.
2-Formación Prevención Blanqueo de
Capitales
La formación
en prevención de blanqueo de capitales no puede ser una formación puntual y se
exige que exista un plan de formación continua establecido en la empresa. No
basta con que esta formación la reciban algunos empleados, dado que en todas
las áreas se pueden producir operaciones susceptibles de blanqueo de capitales.
La formación de
sus empleados es un aspecto fundamental y necesario en
la prevención del blanqueo de capitales.
Una
correcta formación capacitará a sus empleados para detectar posibles
operaciones y clientes sospechosos permitiendo a la empresa adoptar las
medidas adecuadas en prevención de blanqueo de capitales y colaborar
con los organismos oficiales competentes.
Nuestros
profesionales ponen a su disposición un método formativo práctico
adaptados a la realidad de cada empresa.
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Normativa en Vigor
- Ley 10/2010,
de 28 de abril, de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del
terrorismo
-Real Decreto 925/1995-Modificado por
54/2005, de 21 de Enero, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo
de capitales.
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